Corte Constitucional prohíbe corridas de toros, coleo, cabalgatas, corralejas y peleas de gallos en Colombia

En una decisión histórica, la Corte Constitucional dejó en firme la ley que prohíbe las corridas de toros en el país y amplió la restricción a otras prácticas tradicionales como las corralejas, el coleo, las cabalgatas y las peleas de gallos, al considerar que vulneran los derechos de los animales.
La determinación fue tomada por la Sala Plena del alto tribunal con ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero. Los magistrados rechazaron los cargos de inconstitucionalidad presentados contra la ley, los cuales alegaban presuntas irregularidades fiscales, y respaldaron la norma como un desarrollo del mandato de protección y bienestar animal.
Además, la Corte fue más allá y ordenó que la prohibición incluya la finalización total de estas actividades, que en muchas regiones hacen parte de ferias y fiestas populares. Según la decisión, estas prácticas no se ajustan a los principios constitucionales que protegen a los animales.
La sentencia establece un plazo de tres años para la entrada en vigencia total de la prohibición, tiempo que será destinado a un proceso de “alistamiento” que permita una reconversión laboral y cultural en las comunidades donde se desarrollan dichas actividades.
Con esta decisión, Colombia inicia una etapa histórica en la protección animal, dejando atrás tradiciones que, según el alto tribunal, atentan contra la vida y el bienestar de los animales.